Invasoras de segunda
Cuando una especie que viene de fuera se establece en un ecosistema y se comporta como un agente de cambio, alterando el equilibrio ecológico y amenazando la diversidad biológica nativa, es una especie exótica invasora. Pero a pesar de la claridad de esta definición, intereses políticos y económicos han llegado a permitir la introducción de ciertas especies en nuestros hábitats naturales, acogiéndose a su carácter potencial. Es tiempo de emmendar las consecuencias de esas invasoras de segunda y restablecer el equilibrio ecológico.
Ya hace unos cuantos años desde que las especies invasoras fueron consideradas por la Unión Europea como la segunda causa principal de pérdida de biodiversidad en el planeta. Por eso hay que establecer ya un control exhaustivo sobre estas especies para evitar los graves impactos, económicos y naturales, que su introducción puede causar. ¿En que punto nos encontramos en nuestro territorio? ¿Se está avanzando en un tema tan importante a nivel medioambiental como este? Empecemos desde el principio.
Conociendo a las especies exóticas invasoras
A lo largo de la Historia de la Tierra, sabemos que las especies han ido colonizando diferentes hábitats con el objetivo de aumentar su área de distribución y disminuir la probabilidad de extinción de la especie. Esta colonización podía realizarse bien aprovechando un nicho vacío o bien aprovechando un nicho que ya está siendo ocupado por una o más poblaciones.
Invasión de la Riera del Regueral (Cambrils, Tarragona) por Parkinsonia aculeata e Ipomoea acuminata. Imatge: M. Sanz Elorza
En el caso de las especies exóticas invasoras (EEI), éstas cuentan con algunas cualidades vegetativas y reproductivas que les permiten realizar con éxito nuevas invasiones en la mayoría de casos, desplazando al resto de poblaciones existentes.
Entre las características típicas de las EEI destaca que poseen una elevada capacidad de competencia, mejor aprovechamiento de los recursos o elevada capacidad reproductiva, entre otros.… Rasgos distintivos que, además de darles cierta ventaja a la hora de colonizar nuevos ambientes y alterarlos, son las razones por las cuales hay que tener mucho cuidado a la hora de transportarlas o manipularlas para evitar una posible introducción.
Campaña de divulgación escolar sobre el mejillón, especie exótica invasora en nuestros ríos. Imagen: Confederación Hidrográfica del Ebro
Y es que cuando una especie invasora llega a un hábitat nuevo prolifera a niveles exponenciales, diezmando o eliminando las poblaciones que existían con anterioridad mediante competencia, ya sea por el uso de un mismo recurso como por el uso del suelo. Además, la desaparición de las poblaciones autóctonas puede tener graves consecuencias no sólo naturales, como la alteración de la red trófica del ecosistema o la evidente pérdida de biodiversidad, sino también económicas. Un ejemplo de esto es el caso del mejillón cebra, una de las especies exóticas invasoras catalogada como objetivo de erradicación principal, cuyo asentamiento en tuberías puede provocar la obturación completa de los sistemas de captación y distribución, y que ha supuesto un coste de más de dos millones y medio de euros para las arcas del Estado en el plazo de tan sólo cuatro años (2001-2005).
Pese a la poca concienciación actual de la población respecto a las especies invasoras, éstas constituyen, según la Unión Europea, la segunda causa principal en el mundo de la pérdida de biodiversidad, así que todavía queda mucho por hacer.
Las EEI en la legislación española
Reflejo de esta poca concienciación, tanto a nivel social como político, es que no se dispuso de una legislación específica para hacer frente a este problema en España hasta el año 2007 cuando se aprobó la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad que establece que administraciones públicas prohibirán la introducción de especies cuando éstas sean susceptibles de competir con especies silvestres autóctonas o alterar los equilibrios ecológicos. Además, esta ley supuso la creación del Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, también conocido como la lista negra de las EEI.
Cangrejo rojo americano, especie exótica invasora en España
Gracias a este catálogo se disponía de un listado de aquellas especies cuya invasión supondría una grave amenaza para las especies autóctonas, ecosistemas naturales, agronomía e incluso para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural, de manera que se prohibe la posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos, de sus restos o propágulos, incluyendo el comercio exterior.
El problema es que varias de las especies incluidas en la lista negra de las EEI constituyen una fuente de ingresos importante para el Estado, así como para los colectivos dedicados a caza, pesca y peletería principalmente. Así que ese interés económico que rodea a estas especies ha hecho que a lo largo de los años los diferentes partidos políticos hayan llevado a cabo un cumplimiento de la legalidad según su conveniencia, un modus operandi muy recurrente en la política Española en cuestiones que afectan al medio ambiente.
“Quién hace la ley, hace la trampa”
Las estrategias a seguir por parte de las fuerzas políticas que han gobernado en España durante los últimos años tienen un patrón común, o más bien una trampa común. Todas las estrategias llevadas a cabo se basan en la búsqueda de un “vacío legal” en el cual puedan incluirse aquellas especies que constituyan, por la razón que sea, un recurso aprovechable en términos económicos.
Trucha Arcoiris, especie exótica invasora en España
Algunas de las argucias utilizadas por el partido socialista y el partido popular en los años 2007-2017 son:
- En el año 2011 se reguló, además del Catálogo aprobado en 2007, un Listado de especies con potencial invasor, estableciendo una diferenciación entre las especies incluidas en ambas listas, de manera que exista una restricción mucho menor en las especies incluidas en el «Listado» que en el «Catálogo».
Trampa: incluir las especies de interés cinegético en el Listado de especies con potencial invasor dado que no están sometidas a un nivel de restricción tan alto como las especies incluidas en el Catálogo y que, en consecuencia, pueden ser transportadas y liberadas.
Evidencia: aquellas especies que el Partido Socialista incluyó en el listado en 2011 coinciden con aquellas especies que más beneficio suponen tanto para la pesca como para la caza.
Invasión de la Playa de la Marquesa (Delta del Ebro, Tarragona) por Xanthium strumarium subsp. italicum. Imagen: M. Sanz Elorza
- Como consecuencia de las incesantes críticas por parte de la comunidad científica y asociaciones ecologistas, las cuales exponían que no se estaba cumpliendo el objetivo de protección de las especies exóticas invasoras plasmado en la Ley de 2007, en 2013 el Partido Popular se vio obligado a eliminar el «Listado» y reinventar una nueva artimaña que se basaba en una modificación directa de la lista negra, incluyendo y excluyendo especies según sus intereses, en los cuales no parece estar incluido la preservación del medio ambiente vista su predilección a modificar negativamente leyes de protección ambiental.
Evidencia: de nuevo, coinciden las especies de interés cinegético con las excluidas del Catálogo.
- Pese a la continuidad de las críticas, la actual ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente se plantea volver a presentar en septiembre una proposición de modificación de la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad atendiendo únicamente las demandas de determinados colectivos de pescadores y cazadores, entre otros. La modificación de la ley se traduciría en una reducción de los niveles de protección general frente al problema ambiental y económico que suponen las especies exóticas invasoras.
Propósitos para año nuevo
La gran falta de comunicación que hay entre la comunidad científica y la política en España, además de los claros y casi únicos, intereses económicos, están provocando que sólo se posean estrategias de control y erradicación sobre cuatro de las 160 especies invasoras incluidas en el catálogo, olvidándose de los gravísimos impactos, económicos y naturales, que las invasoras pueden provocar.
Rebaño de arruís al Espacio Natural Protegido de Sierra Espuña (Murcia), que se solapa casi en super totalidad con la Reserva Nacional de Caza de Sierra Espuña
Un ejemplo lo tenemos en el caso del arruí, herbívoro introducido en los años 70 en la región de Murcia como recurso cinegético y que, debido a su gran capacidad de aprovechamiento de recursos, que en este caso sería el forraje, ha provocado numerosos daños en los cultivos y campos de pasto, arrasándolos y dejando a su vez a las especies autóctonas con las que compite sin alimento. En sentencia de marzo de 2016 del Tribunal Supremo se ordenó la erradicación de las especies invasoras beneficiadas por el régimen de excepciones (entre ellas el arruí, por su interés cinegético) atendiendo al recurso presentado por Ecologistas en Acción, AEMS Ríos con Vida y SEO/Birdlife sobre el Catálogo de especies exóticas invasoras.
Según el alto tribunal, la Administración debía erradicarlas por los daños que ocasionan «a la fauna autóctona, el medio ambiente y los hábitats y ecosistemas». Sin embargo, en noviembre de 2017, a propuesta del Partido Popular y con el apoyo de PSOE y Ciudadanos, se ha aprobado un indulto del arruí y de otras especies invasoras. Así, se modificará la Ley de Patrimonio Natural para que permita el aprovechamiento económico de determinados animales exóticos. Lamentablemente, los criterios políticos y económicos siguen prevaleciendo sobre los criterios científicos.
Empecemos 2018 lejos de la ignorancia, de los intereses económicos, de no escuchar. Empecemos 2018 demostrando que patriotismo es luchar y defender la biodiversidad y la riqueza natural de nuestro país más que envolverse en una bandera.